Te lo contamos en simple:
En palabras simples, en el siguiente artículo te explicaremos cuando prescriben las deudas con las Cajas de Compensación y qué hacer cuando estamos siendo víctimas de alguna injusticia.
Por regla general, una deuda no puede ser cobrada toda la vida, pues la ley establece un plazo para ejercer dicho cobro, el cual comienza a correr desde que la deuda se vuelve exigible. Así, un pagaré prescribe en un año, un titulo ejecutivo en tres años, y una acción de cobro ordinario, en cinco años.
Sin embargo, ha ocurrido en reiteradas ocasiones que una Caja de Compensación comienza a descontar de la remuneración del deudor, sin previo aviso, incluso siendo una deuda prescrita.
Ilustraremos está situación con un ejemplo:
Don Juan obtuvo un crédito social con una Caja de Compensación el año 2008, dicho crédito se descontaría directamente de su remuneración, sin embargo don Juan fue despedido, sólo alcanzó a pagar un par de cuotas, y debido a que dejó de tener ingresos es que no pudo seguir pagando la deuda por cuenta propia. Pasó el tiempo y don Juan no tuvo más noticias de la Caja.
Luego, el año 2020 don Juan tiene un trabajo estable, y al llegar fin de mes, recibe solo la mitad de su remuneración, esto ya que la Caja de Compensación le descontó sin previo aviso una importante suma de dinero a raíz de una deuda que tiene una antigüedad de más de 10 años.
Este actuar es ilegal y arbitrario, pues si bien las Cajas están facultades para efectuar el mencionado descuento de la remuneración del deudor, este debe ser efectuado de manera oportuna, resultando caprichoso e injustificado ejercer dicha facultad luego de transcurrido tal cantidad de tiempo.
Si estás en esta situación, un Recurso de Protección puede ser la solución. No dudes en contactarnos, ¡pincha aquí y te daremos una asesoría gratuita!