Muchas personas nos hacen consultas a diario a raíz de deudas que vencieron hace mucho tiempo y sobre qué tienen que hacer para regularizarlas.

Antes de pagar, reprogramar o abonar dichas deudas, debes informarte. ¡El conocimiento de las normas que regulan estas deudas es clave para que tomes la mejor decisión!

Además del pago, existen otras maneras de sacarte una deuda de encima, sin que tengas que pagarla, y además, eliminándola de tu Dicom y demás registros financieros. Estas formas pueden ser la Liquidación Voluntaria contenida en la ley 20.720, la Prescripción Extintiva y el Abandono del Procedimiento.

Comencemos a ver cada caso:

Deudas con una antigüedad mayor a 5 años

Primero debemos determinar si tus deudas tienen una antigüedad mayor a 5 años. Si este es tu caso sería recomendable que adquieras un informe Equifax Platinium 360° con nosotros, pues las deudas se eliminan automáticamente de tu Dicom transcurridos 5 años.

¿Por qué ocurre esto? ¡Porque las deudas prescriben! Esto quiere decir que no te las pueden cobrar para siempre, ya que tienen un periodo de vida que no suele exceder de 5 años. Los registros comerciales entienden esto y es por ello que se eliminan de manera automática transcurrido dicho periodo.

¿Tengo que pagarlas? No es necesario, pues no figuran en tus registros comerciales y los acreedores no pueden demandar judicialmente su cobro. Incluso la cobranza extrajudicial resultaría ilegal.

En palabras simples: Deudas con antigüedad mayor a 5 años no se pagan

Pero ojo, todo tiene excepciones, como por ejemplo el de las deudas con Cajas de Compensación, así que contáctanos y corrobóralo con nosotros.

Deudas con una antigüedad menor a 5 años

Aquí la formula no es tan sencilla, debemos dilucidar varias cosas antes de determinar el mejor camino a tomar:

  • ¿Fuiste demandado y notificado?

Aquí ya no podemos hablar de prescripción, pues el camino de tiempo necesario para lograrla queda interrumpido si es que te notifican una demanda. En este caso, si el juicio lleva mucho tiempo sin movimiento podría operar el Abandono del Procedimiento.

Contáctanos y evaluaremos tu caso. Si están las condiciones para que opere el Abandono del Procedimiento lograremos eliminar el juicio, y además, tu Dicom.

  •  ¿Fuiste demandado y no te han notificado?

Si transcurrió 1 año desde que te demandaron, pero no te han podido notificar, en ese mismo juicio podremos solicitar al tribunal que declare prescrito el pagaré en que consta la deuda. Esto dará determino al juicio, se eliminará la deuda de Dicom y no podrán seguirte cobrando.

  • No has sido demandado

Lo más razonables es primero esperar a que te demanden, esto puede tardar hasta 18 meses desde que te atrasaste en el pago de la deuda, dependiendo de que tan diligente sea el departamento de cobranza que hay detrás de tu deuda.

Si transcurrió el tiempo sin que te demandaran lo más probable es que ya no lo hagan. En estos casos deberemos analizar, con un informe