En Chile estamos frente a un segundo retiro del 10% de los fondos previsionales de nuestros ahorros. Por lo tanto, muchas personas tendrán la posibilidad de contar con una buena suma de dinero para poder ponerse al día con sus deudas. A raíz del Covid-19 se ha vuelto normal verse envuelto en situaciones de sobreendeudamiento o morosidad.
En este artículo te contaremos sobre las ventajas y desventajas de repactar o renegociar tus deudas. Es importante que tengas toda la información clara para que puedas tomar una buena decisión.
Ante el sobreendeudamiento y la morosidad, tienes las siguientes alternativas:
- Repactar o renegociar
- Ley de quiebras o defensa jurídica
- No hacer nada. Sufrir las consecuencias del embargo y remate de bienes
Si lo que buscas es repactar o renegociar tus deudas, sigue leyendo el artículo. De lo contrario si lo que buscas es acorgerte a la ley de quiebras u obtener una defensa jurídica ante cobranzas entonces ponte en contacto con nosotros.
¿Qué es repactar o renegociar?
Consiste en que, mediante un acuerdo con el acreedor, se establecen nuevas condiciones de pago con cuotas generalmente más bajas, pero a cambio de aumentar el costo total del crédito.
¿Cuáles son las ventajas de repactar?
La principal ventaja es que permite mantener los antecedentes comerciales limpios, además la cobranza judicial y extrajudicial cesa y se dejan de generar intereses y gastos de cobranza adicionales.
¿Cuáles son las desventajas de repactar?
El costo total del crédito suele aumentar en gran medida, habiendo casos en que tras varias repactaciones los deudores terminando debiendo más de 2, 3 o 4 veces sus créditos iníciales. Además las empresas de cobranza suelen pedir un pie para renegociar, el cual no se imputa a la deuda, pues en realidad se trata de los gastos de cobranza (honorarios de los estudios jurídicos de cobranza)
Por otro lado, está demostrado que quién repacta una vez, es muy probable que vuelva a repactar a futuro, pues quién tiene dificultades para pagar el crédito inicial, también las tendrá para pagar una repactación que dará lugar a un crédito más prolongado.
¿Cuándo vale la pena repactar?
- Cuando la tasa de interés sea excepcionalmente baja.
- Cuando el deudor tenga completa seguridad que no volverá a caer en mora.
- Cuando el deudor necesite tener sus antercedentes comerciales limpios.
- Cuando el deudor dejó pasar el tiempo, no se asesoró, y su inmueble o vehículo fue embargado.
¿En qué casos no vale la pena repactar?
Prácticamente en todos los casos distintos a los ya mencionados en el punto anterior, no vale la pena repactar, pues los créditos aumentan de manera desproporcionada y artificial. Visto de otra manera más tangible, el deudor trabajará exclusivamente durante varios meses sólo para pagar los intereses generados por una repactación. Una repactación en muy pocos casos es una solución, pues en la mayoría de las ocasiones es sólo un remedio que alivia momentáneamente la enfermedad del sobreendeudamiento, pero no la cura, sino que a mediano y largo plazo la agrava.
¿Por qué los bancos y casas comerciales insisten tanto en la repactación?
Para estas entidades una repactación es tan lucrativa como dar un crédito, volviéndose una segunda oportunidad de negocio con un cliente que ya tienen cautivo.
¿Es cierto que si no acepto repactar vendrán a embargar mis bienes al poco tiempo?
Es una verdad a medias, pues el embargo y remate de bienes es un procedimiento lento que primero que todo requiere una demanda judicial notificada válidamente al deudor. Lo cierto es que las herramientas que tiene el acreedor para cobrar judicialmente un crédito son escasas y se rigen por un marco normativo que data de hace casi un siglo, resultando prácticamente imposible lograr embargar y rematar bienes si el deudor se asesora a tiempo.
¿Por qué la gran mayoría de la gente prefiere repactar a declararse en quiebra o ejercer algún tipo de defensa?
Existe gran desconocimiento y desconfianza sobre estos procedimientos, y también cierto temor reverencial hacia los bancos y casas comerciales. La generalidad de la gente piensa que el poder de negociación lo tienen las entidades financieras, y que si la deuda no se regulariza por las vías que ellos imponen, las consecuencias serán sumamente perjudiciales para ellos.
Lo cierto es que es al revés. Si una persona opta por no pagar, la única consecuencia inmediata será el Dicom y el acoso telefónico. La ley de quiebra permite cesar en el corto plazo esas consecuencias, y lo más importante, también extingue todas las deudas.
El día que los consumidores se informen antes de tomar una decisión, y opten por alternativas diversas a la repactación, las entidades financieras no tendrán más opción que ofrecer facilidades de pago justas y acordes a la realidad económica de cada persona.